
Base Contable Elaboracion Estados Financieros
agosto 31, 2017
Medios de pago para aceptación de costos deducciones pasivos
octubre 9, 2018Señora
CLAUDIA BALLESTEROS
Bogotá
Asunto: Consulta
Destino: Externo
Origen: 10
Fecha de Radicado: 28 de Julio de 2017
Entidad de Origen: Consejo Técnico de la Contaduría Pública
N° de Radicación CTCP: 2017 - 655 - CONSULTA-
El Consejo Técnico de la Contaduría Publiica (CTCP) en su carácter de Organismo de Normalización Técnica de Normas de Contabilidad, de información Financiera y de Aseguramiento de la información, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto técnico 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2131 y 2132 de 2016, en los cuales se faculta al CTCP para resolver las inquietudes que se formulen en desarrollo de la adecuada aplicación de los marcos técnicos normativos de las normas de información financiera y de aseguramiento de la información, y el numeral 3° del Articulo 33 de la Ley 43 de 1990, que señala como una de sus funciones el de servir de Órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión, procede a dar respuesta a una consulta en los siguientes términos.
RESUMEN
Las muestras comerciales con destino a su distribución gratuita no cumplen los criterios de reconocimiento como inventarios.
CONSULTA (TEXTUAL)
Acudo a sus buenos oficios ;con el fin de obtener su concepto acerca del tratamiento que se debe dar a las nuestras sin valor come cid que Una compañía recibe desde Una filial en el exterior, el caso es el siguiente:
La compañía XX tiene un contrato ale Mark- up mediante el cual se realiza la representación comercial de su filial en Europa,. con el fin de que la compañia en Colombia realice el proceso de comercializaciOn en Colombia, (sic/ la compañía/a europea ha enviado unos productos, que han sido importamos por la compañía en Colombia como muestras sin valor comercial. Mi inquietud es: como debo reconocer estas muestras en la contabilidad bajo NIIF.
CONSIDERACIONES Y RESPUESTA
Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.
Si las muestras fueron recibidas de manera gratuita, y el objeto de las muestras es ser entregadas de igual manera para efectos promocionales, no se consideran parte de bs inventarios, por cuanto no cumplen con los criterios de reconocimiento. Por consiguiente, las muestras, en el caso de la consta, deben reconocerse como un gasto promocional con su contrapartida en ingresos al valor de costo certificado por la filial en Europa.
De acuerdo con el párrafo 6 de la NlC 2 y el parágrafo 13.1 de la sección 13 de NIIF para las PYMES, para ser parte de los inventarios, una partida debe conservarse para su venta en el curso normal del negocio, o para hacer parte del proceso de producción con vistas a esa venta, o en forma de materiales o suministros para ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios. Por consiguiente, las muestras cuyo fin es la distribución gratuita con fines promocionales, no cumplirán con ningún de estos requisitos.
En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 de Ic1 Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formulación consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.
Para establecer la vigencia de Ios conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría publica se requiere revisar en contexto la normativa aplicable en la fecha de expedición de la respuesta de la consulta. Adicionalmente, se debe tener en cuenta que el concepto posterior modifica a los que se hayan expedido con anterioridad, del mismo fema, así no se haga la referencia específica en el documento.
Cordialmente
Daniel Sarmiento Pavas
Concejero CTCP
Contabilización de Muestras NIIF
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Señora
CLAUDIA BALLESTEROS
Bogotá
Asunto: Consulta
Destino: Externo
Origen: 10
Fecha de Radicado: 28 de Julio de 2017
Entidad de Origen: Consejo Técnico de la Contaduría Pública
N° de Radicación CTCP: 2017 – 655 – CONSULTA-
El Consejo Técnico de la Contaduría Publiica (CTCP) en su carácter de Organismo de Normalización Técnica de Normas de Contabilidad, de información Financiera y de Aseguramiento de la información, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto técnico 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2131 y 2132 de 2016, en los cuales se faculta al CTCP para resolver las inquietudes que se formulen en desarrollo de la adecuada aplicación de los marcos técnicos normativos de las normas de información financiera y de aseguramiento de la información, y el numeral 3° del Articulo 33 de la Ley 43 de 1990, que señala como una de sus funciones el de servir de Órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión, procede a dar respuesta a una consulta en los siguientes términos.
RESUMEN
Las muestras comerciales con destino a su distribución gratuita no cumplen los criterios de reconocimiento como inventarios.
CONSULTA (TEXTUAL)
Acudo a sus buenos oficios ;con el fin de obtener su concepto acerca del tratamiento que se debe dar a las nuestras sin valor come cid que Una compañía recibe desde Una filial en el exterior, el caso es el siguiente:
La compañía XX tiene un contrato ale Mark- up mediante el cual se realiza la representación comercial de su filial en Europa,. con el fin de que la compañia en Colombia realice el proceso de comercializaciOn en Colombia, (sic/ la compañía/a europea ha enviado unos productos, que han sido importamos por la compañía en Colombia como muestras sin valor comercial. Mi inquietud es: como debo reconocer estas muestras en la contabilidad bajo NIIF.
CONSIDERACIONES Y RESPUESTA
Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.
Si las muestras fueron recibidas de manera gratuita, y el objeto de las muestras es ser entregadas de igual manera para efectos promocionales, no se consideran parte de bs inventarios, por cuanto no cumplen con los criterios de reconocimiento. Por consiguiente, las muestras, en el caso de la consta, deben reconocerse como un gasto promocional con su contrapartida en ingresos al valor de costo certificado por la filial en Europa.
De acuerdo con el párrafo 6 de la NlC 2 y el parágrafo 13.1 de la sección 13 de NIIF para las PYMES, para ser parte de los inventarios, una partida debe conservarse para su venta en el curso normal del negocio, o para hacer parte del proceso de producción con vistas a esa venta, o en forma de materiales o suministros para ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios. Por consiguiente, las muestras cuyo fin es la distribución gratuita con fines promocionales, no cumplirán con ningún de estos requisitos.
En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 de Ic1 Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formulación consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.
Para establecer la vigencia de Ios conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría publica se requiere revisar en contexto la normativa aplicable en la fecha de expedición de la respuesta de la consulta. Adicionalmente, se debe tener en cuenta que el concepto posterior modifica a los que se hayan expedido con anterioridad, del mismo fema, así no se haga la referencia específica en el documento.
Cordialmente
Daniel Sarmiento Pavas
Concejero CTCP
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