
Documento Soporte (DSNO)
febrero 5, 2026En Colombia, una ESAL no está obligada por regla general a constituir o mantener reservas patrimoniales, ni a “conservar” un superávit de capital. Estas partidas pueden adoptarse voluntariamente si los estatutos y el máximo órgano de dirección así lo definen, con fines de sostenibilidad, inversión social y cumplimiento del objeto misional. Ese es el eje del Concepto CTCP 2025-0247 sobre “Reservas y superávit de capital en las ESAL”.
Esta guía aterriza el concepto a decisiones concretas: qué significa para tu junta/asamblea, cómo registrarlo bajo NIIF para Pymes, cómo documentarlo en políticas contables y notas, y cómo reducir riesgos de control interno y de cumplimiento. Además, te dejamos un checklist y asientos contables ejemplo.
1) Qué dice el CTCP 2025-0247 y por qué importa
El CTCP aclara tres ideas clave:
- No hay obligación legal general de constituir o mantener reservas en el patrimonio de las ESAL.
- No hay obligación de mantener un “superávit de capital” en ESAL; el concepto es más típico de entidades con ánimo de lucro (por ejemplo, prima en colocación de acciones).
- Si la ESAL decide crear reservas o reconocer partidas patrimoniales con destinación, esto debe hacerse por decisión del máximo órgano, estar alineado con estatutos, políticas contables y explicarse en notas.
¿Por qué importa? Porque muchas ESAL crean “reservas” sin respaldo estatutario o sin actas claras, y luego se enfrentan a preguntas en auditoría, revisoría fiscal, inspección/vigilancia o al preparar reportes para financiadores. Con un soporte adecuado, las reservas pueden convertirse en una herramienta de sostenibilidad y de planeación de proyectos; sin soporte, se vuelven un riesgo de gobierno y de presentación de información financiera.
Fuente recomendada: el CTCP sugiere revisar el Documento de Orientación Técnica DOT 14 – ESAL, que aterriza la aplicación de NIIF para este tipo de entidades.
2) Patrimonio en una ESAL: donaciones, aportes y excedentes
El Concepto resalta que el patrimonio de una ESAL suele componerse de: (i) donaciones, (ii) aportes iniciales y (iii) excedentes de la operación. Bajo el marco NIIF para Pymes (Grupo 2), la presentación del patrimonio suele incluir fondos, reservas, excedentes acumulados y resultado del ejercicio.
2.1 Excedente vs. “utilidad”: mismo fenómeno, distinto lenguaje
En ESAL se usa “excedente” para el resultado positivo del periodo (ingresos > gastos). Ese excedente hace parte del patrimonio y puede destinarse a diferentes fines, siempre que haya soporte del órgano competente y coherencia con estatutos y objeto social.
3) Reservas en ESAL: cuándo convienen y cómo se aprueban
Si no son obligatorias, ¿cuándo tiene sentido crearlas? En la práctica, una reserva (o fondo) patrimonial puede ser útil para:
- Financiar proyectos misionales (programas, becas, intervención social).
- Mantenimiento y reposición de activos (sede, equipos, infraestructura).
- Sostenibilidad financiera (colchón de liquidez, continuidad).
- Reinversión y escalamiento (crecimiento de cobertura).
3.1 Reglas de oro de gobierno corporativo
- Estatutos primero: si los estatutos contemplan reservas, cumple el procedimiento allí definido.
- Decisión del máximo órgano: asamblea/junta (según estatutos) aprueba la creación, propósito y reglas de uso.
- Actas y soportes: documenta porcentajes, objetivos, vigencia, responsables y condiciones de liberación.
- Política contable: define criterios de reconocimiento, presentación y revelaciones (notas).
Tip práctico: Evita “reservas eternas” sin objetivo. Si el fin es un proyecto, fija horizonte (por ejemplo, 12–36 meses) y un mecanismo de seguimiento.
4) Superávit de capital en ESAL: qué es y por qué casi siempre no aplica
En Colombia, el “superávit de capital” se asocia comúnmente con entidades con ánimo de lucro (por ejemplo, prima en colocación de acciones). El CTCP advierte que ese concepto no aplica directamente a ESAL, salvo situaciones excepcionales como:
- Aportes voluntarios por encima del valor nominal (si existiera una estructura que lo permita según el tipo de entidad).
- Donaciones condicionadas o aportes con restricciones específicas del donante.
En esos casos, el tratamiento debe alinearse con NIIF para Pymes y con la naturaleza de la restricción: si la restricción es sobre uso (destinación), lo clave es la revelación y el control de ejecución; si la restricción genera una obligación, podría implicar otras consideraciones (por ejemplo, pasivos por condiciones de devolución).
5) Tratamiento contable bajo NIIF para Pymes: cómo registrarlo (con ejemplos)
Ojo: los nombres de cuentas pueden variar por tu PUC o plan de cuentas; la lógica es la misma. Lo importante es que la reserva/fondo siga siendo patrimonio y esté soportado por actas y políticas.
5.1 Cierre del periodo: reconocer el excedente del ejercicio
Débito Ingresos (cierre)
Crédito Excedente del ejercicio (resultado)
5.2 Apropiación del excedente a una reserva (decisión del máximo órgano)
Una vez aprobada la destinación:
Débito Excedentes acumulados / Resultado del ejercicio (según política)
Crédito Reserva o Fondo con destinación específica (Patrimonio)
5.3 Ejecución del proyecto financiado con la reserva
La reserva no “paga” directamente el gasto. El gasto se reconoce en resultados cuando ocurre. La reserva se libera si tu política define reclasificación, o permanece como apropiación hasta que el órgano decida reversarla/ajustarla. Lo esencial es consistencia y revelación.
6) Presentación y notas: cómo explicarlo para evitar hallazgos
El Concepto enfatiza que la destinación de excedentes y la creación de reservas debe estar:
- Documentada en políticas contables.
- Explicada en notas a los estados financieros.
6.1 Checklist mínimo de revelación (recomendado)
- Nombre de la reserva/fondo.
- Origen (excedentes, donación condicionada, aporte).
- Propósito y alcance (qué financia, qué no financia).
- Regla de aprobación y de uso (órgano competente).
- Movimientos del periodo (saldo inicial, apropiaciones, liberaciones, saldo final).
- Restricciones (si aplica): del donante, estatutarias, contractuales.
Consejo: incluye una tabla en notas; mejora transparencia y reduce preguntas de auditoría.
7) Riesgos típicos y cómo mitigarlos (contable + legal + control interno)
- Riesgo de gobierno: reservas creadas sin acta o fuera de estatutos. Mitigación: actas, reglamento interno, matriz de delegaciones.
- Riesgo de presentación: confundir “superávit de capital” con excedentes o donaciones. Mitigación: definición clara en política contable y plan de cuentas.
- Riesgo de restricción: donaciones con condiciones no documentadas. Mitigación: archivo contractual del donante, control presupuestal por proyecto.
- Riesgo de seguimiento: reservas sin ejecución ni indicadores. Mitigación: tablero de proyectos, rendición de cuentas al órgano directivo.
8) Cómo te acompaña Auditoría y Gestión S.A.S. (servicios relacionados)
En Auditoría y Gestión S.A.S. ayudamos a ESAL a convertir estas definiciones en procesos claros y auditables:
- Auditorías internas y externas: evaluación del cierre, patrimonio, notas y cumplimiento de políticas. Ver servicio de Auditorías Internas y Externas
- Outsourcing contable: parametrización de plan de cuentas, cierres y conciliaciones con soporte documental. Ver Outsourcing Contable
- Consultoría: diseño de políticas contables ESAL, gobierno y control interno. Ver Consultoría
- Servicios legales: ajustes estatutarios, reglamentos internos y soporte a decisiones del máximo órgano. Ver Servicios Legales
- Revisoría fiscal: enfoque integral de riesgos y aseguramiento de información financiera. Ver Revisoría Fiscal
9) Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Una ESAL “debe” tener reservas?
No necesariamente. Según el CTCP, no existe obligación legal general de constituir o mantener reservas; pueden adoptarse voluntariamente si los estatutos y el órgano competente lo aprueban.
¿Puedo llamar “superávit de capital” a los excedentes?
No es recomendable. En Colombia, el superávit de capital se usa más en entidades con ánimo de lucro (prima en colocación). En ESAL, lo usual es hablar de excedentes, fondos y reservas; si existe una situación excepcional (aportes superiores al nominal o donaciones con restricciones), debe justificarse y revelarse adecuadamente.
¿Cómo lo sustento ante auditoría o revisoría fiscal?
Con estatutos, acta del órgano competente, política contable, soportes de donantes (si aplica) y notas claras con movimientos y restricciones.
El Concepto CTCP 2025-0247 es una oportunidad: en lugar de crear reservas “por costumbre”, las ESAL pueden estructurar fondos con propósito, con reglas claras, soportes y revelaciones robustas. Esto mejora la sostenibilidad, facilita la rendición de cuentas y reduce riesgos de hallazgos en auditoría y control.
Siguiente paso: si quieres que revisemos tus estatutos, actas, políticas contables y presentación del patrimonio (reservas/fondos/excedentes), contáctanos para una evaluación inicial.
Fuentes externas recomendadas
- CTCP – Concepto 2025-0247 “Reservas y superávit de capital en las ESAL”.
- CTCP – Documento de Orientación Técnica DOT 14 – Entidades sin Ánimo de Lucro.
- DUR 2420 de 2015 – Compilación del marco técnico normativo (NIIF/NIIF para Pymes) en Colombia.
- Ley 1437 de 2011, art. 28 – Efectos de los conceptos.


